Uno de los beneficios del Programa IVS, es el pago de la Cuota Mortuoria, en caso de fallecimiento de los Afiliados.
Los requisitos para el pago de dicha cuota son:
Trabajadores Activos que fallecen
1. Certificado de defunción del trabajador (original y 2 copias)
2. Último recibo de pago o estado de cuenta.
3. Factura original de la funeraria o fotocopia debidamente certificada por el contador de la misma a nombre de la persona que efectuó los gastos.
4. Original y fotocopia de Cédula de vecindad de la persona a cuyo nombre fue extendida la factura.cuando la parte interesada no pueda efectuar el cobro, deberá extender carta de autorización a tercero, en este caso deberá presentarse original y copia completa de la persona que se está autorizando y de la persona autorizada.
5. Copia de resolución.
6. Original debidamente firmada y copia de carné de identificación tributaria (NIT), de la persona titular de la factura y de la persona autorizada.
La aportación del Instituto como Cuota Mortuoria es de Q.412.50
Beneficiarios
En caso de fallecimiento se otorgara cuota mortuoria a los beneficiarios siguientes:
- Asegurados con derecho a pensión de Invalidez o Vejez.
- Cargas familiares.
- Pensionados por Invalidez Vejez y Sobrevivencia.
El monto de la cuota mortuoria será de Q 600.00
Niños menores de cinco (5) años de edad
Cuando un niño nace en cualquiera de las Unidades Médicas del Instituto y falleciera, también tendrá derecho a la prestación de Cuota Mortuoria.
En todos los casos, la Cuota Mortuoria es de Q.412.50
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