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Departamento de Inválidez, Vejéz y Sobrevivencia

 

El departamento de IVS, es el encargado de revisar y recibir la papelería, así como, otorgar y administrar las pensiones que se conceden a los afiliados y beneficiarios con derecho según reglamento vigente.

El programa IVS, se inicio el 01 de marzo de 1977, por lo que es a partir de esa fecha que se determina el número de contribuciones que debe tener un afiliado para el beneficio de una pensión.

El trámite de su pensión es personal y gratuito.

Generalidades

"La protección relativa a invalidez, orfandad, viudedad y vejéz, consiste en pensiones a los afiliados, que éstos deben percibir conforme a los requisitos y a la extensión que resulten de las estimaciones actuariales que al efecto se hagan." El Decreto No. 295 "Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social"

El programa de Invalidez, Vejéz y Sobrevivencia, fue creado a partir del 01 de marzo de 1,977 con aplicaciòn en toda la República de Guatemala, actualmente esta regulado de conformidad al Acuerdo 1,124 y su modificación emitido por la Honorable Junta Directiva, básicamente es un beneficio para los trabajadores del sector privado que presten sus servicios materiales o intelectuales a Patronos Formalmente Inscritos en el Instituto, así como para los trabajadores del Estado contratados por planilla.

El Instituto le cancela a sus pensionados 12 mensualidades al año, además en el mes de diciembre se otorga un aguinaldo igual al 100% de sus pensión y un bono navideño equivalente a Quinientos Quetzales Q.500.00 por caso.  La única obligación que tiene el pensionado con el IGSS es presentar una vez al año, durante todo el mes de junio su acta anual de suervivencia.

Funciones

  • Planificar, coordinar, integrar, ejecutar y  controlar las actividades relacionadas con el otorgamiento de pensiones,  contempladas en el programa de Invalidez, Vejez y Sobreviviencia, velando constantemente que éstas se otorguen de conformidad con la normativa vigente, así como cancelar las Cuota Mortuoria por fallecimiento de los pensionados.
  • Registrar, integrar y resguardar los expedientes que sirvieron de base y fundamento para el otorgamiento de pensiones, según los riesgos contemplados, así como velar por el registro, actualización y control de supervivencia de pensionados y beneficiarios, persistencia de derechos  y permanencia en el programa de IVS,
  • Planificar, coordinar, integrar, ejecutar y controlar actividades relacionadas con el Plan de Pensiones de los trabajadores al servicio del Instituto, para el otorgamiento de pensiones.
  • Coordinar las actividades con otras dependencias intra y extra interinstitucionales, relacionadas con la administración del programa de IVS.

 

 

 

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