| ¿Cuándo se debe comprobar supervivencia? |
- Pensionados por Invalidez y Vejez deben comprobar anualmente supervivencia 30 días
calendario a partir de su cumpleaños.
- Pensionados por Sobrevivencia deben comprobar anualmente supervivencia 30 días
calendario a partir de la fecha en que cumplía años el afiliado fallecido que generó
el derecho a pensión.
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| ¿Cuáles son las fechas de pago de pensión? |
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| ¿Cuáles son las prestaciones económicas que reciben los pensionados? |
- Pensión mensual
- Bono de Q300.00 (en julio de cada año)
- Bono de Q500.00 (en diciembre de cada año)
- Aguinaldo (en diciembre de cada año)
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| ¿Dónde pueden actualizar datos los pensionados? |
Para ofrecer un mejor servicio los pensionados pueden actualizar sus datos en el Registro de
Pensionados de la siguiente manera:
- Llamando al Tel. 2412-1512.
- En los Centros de Atención Médica Integral para Pensionados -CAMIP-
- Centro de Atención al Afiliado -CATAFI-, 7a. Avenida 22-72 zona 1, Centro Cívico.
- En el área departamental, en las Delegaciones y Cajas Departamentales del Instituto.
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Directorio de Delegaciones y Cajas Departamentales
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| ¿Cómo solicitar la cuota mortuoria por fallecimiento de pensionado? |
El Instituto otorga apoyo para gastos funerarios en caso de fallecimiento de un pensionado.
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