Todo patrono está obligado a inscribirse en el Régimen de Seguridad Social y a inscribir al trabajador o a los trabajadores, sin perjuicio de las excepciones establecidas en los demás reglamentos institucionales.
A | Guía del Departamento de Registro de Patronos y Trabajadores | |
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B | Dirección de Recaudación | |
C | Guía del Departamento de Cobro Administrativo |