Pensión por Riesgo de Invalidez IVS

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IVS

Pensión por Riesgo de Invalidez IVS

Tiene derecho a pensión por el riesgo de invalidez el asegurado que cumpla una de las condiciones siguientes:

  1. Por enfermedad: el afiliado debe tener 36 contribuciones efectivamente pagadas al Programa de IVS, dentro de los 6 años anteriores al primer día de invalidez.
  2. Por accidente: el afiliado debe tener vigencia laboral al momento del riesgo y tener 3 meses de contribución al Programa de IVS, dentro de los 6 meses anteriores a la fecha del riesgo.

En los 2 casos, el afiliado deberá ser evaluado por el Departamento de Medicina Legal y Evaluación de Incapacidades para determinar si existe invalidez y su grado.

¿Cómo solicitar?

Cuando tenga los documentos que le fueron requeridos en la hoja de requisitos, comuníquese a los siguientes teléfonos:

  • Si reside en la ciudad capital, debe comunicarse al teléfono 2412-1255 para solicitar una cita en CATAFI de Oficinas Centrales.
  • Si reside en el área departamental, comuníquese a la Delegación o Caja Departamental más cercana.
    • Directorio de Delegaciones y Cajas Departamentales: Ver archivo PDF (abre en nueva pestaña)
    • En el interior del país no es necesario hacer cita; el horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas.