Con el lema «Generación Segura y Saludable» se conmemora este año el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El objetivo de hacer conciencia de la importancia de las medidas que garanticen la salud y el desempeño en las mejores condiciones a los trabajadores en todo el mundo.

Dr. Mynor Mejía.

El IGSS se une a esta conmemoración a través de la Sección de Seguridad e Higiene y Prevención de Accidentes del Seguro Social del Departamento de Medicina Preventiva, que con los inspectores de salud y seguridad ocupacional, velan por el cumplimiento del Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional en el que se rigen todas las condiciones para el desarrollo del trabajo en Guatemala, explicó el doctor Mynor Mejía, jefe de esa sección.

Los inspectores del IGSS visitan las empresas e instituciones de manera voluntaria y a solicitud, hacen un diagnóstico de las condiciones y ambientes de trabajo, basado en la detección de riesgos laborales para los trabajadores, y realizan las recomendaciones correspondientes, las cuales dependiendo del riesgo el patrono tiene un tiempo de 30 a 15 días para hacer los cambios.

El Acuerdo GuBernativo 229-2014 Reglamento de Salud y Seguridad ocupacional es de cumplimiento obligatorio para todas la empresas e instituciones

Después de cumplidas las recomendaciones se emite un programa de capacitaciones tanto para beneficio del trabajador como para el patrono.

El Seguro Social cuenta con 70 inspectores en todo el país, estos van a constructoras, a empresas como la minería, agricultura, la pesca, y a aquellas que prestan el servicio de transporte. En estos ambientes brindan su apoyo dando recomendaciones, fundamentalmente previniendo accidentes laborales y enfermedades.

CUMPLIR CON LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL ES OBLIGATORIO

Todas las empresas e instituciones afiliadas son cubiertas por la Sección de Seguridad e Higiene del Seguro Social. La Institución por norma es la encargada de dar capacitación a todos los monitores de Salud y Seguridad Ocupacional que se encuentran en las empresas que tengan menos de diez trabajadores. Las empresas que tengan más de esa cantidad deben contratar a una enfermera y las que tienen más de 500 trabajadores deben contar con un médico, según lo establecido en el reglamento.

“La Seguridad Ocupacional es de orden obligatorio para trabajadores, patronos. Poniendo en práctica las medidas de prevención el patrono se beneficia con la producción y el trabajador, en un ambiente seguro, puede mejorar sus ingresos, de esta manera tendremos reducción de pacientes en las emergencias”, resaltó el Dr. Mejía.

PROTECCIÓN LABORAL INICIA EN 1947

En el año 1947, a través del Acuerdo Legislativo 3030, en el gobierno de Juan José Arévalo Bermejo, se emitió el Código de Trabajo, donde se asentaron las bases para la protección de los trabajadores en su ámbito laboral y su relación con los patronos.

El Seguro Social emitió en 1957 el primer Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, el cual rigió en todo el país hasta el año 2014, cuando se creó el segundo reglamento mediante el Acuerdo Gubernativo 229-2014.

A las empresas que deseen recibir capacitación por parte de la Sección de Seguridad e Higiene del IGSS, pueden comunicarse al teléfono 24121224 Ext. 1632.