El 27 de marzo último entró en vigencia la exoneración de recargos por mora para los patronos que tienen adeudos con el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), el cual fue aprobado por la Junta Directiva mediante el Acuerdo 1504.

Esta disposición plantea la exoneración conforme a los plazos y porcentajes establecidos en el Acuerdo 1421, Reglamento sobre Recaudación de Contribuciones al Régimen de Seguridad Social, para los patronos del sector público y privado.

La medida tendrá un impacto positivo para los afiliados que han quedado sin cobertura del IGSS, es importante que conozca de manera oficial lo provechoso de la exoneración que, por trigésima tercera vez, el Instituto pone a disposición de los patronos en beneficio de sus trabajadores.

Para que los patronos puedan solicitar adherirse a este beneficio será indispensable que actualicen sus datos ante el Instituto a través de servicios.igssgt.org y cargar las planillas que estén pendientes (para los patronos que conocen su deuda), para más información puede llamar al 2317-7171.

¿Cuáles son los requisitos fundamentales?

Existen dos requisitos fundamentales para poder acceder al beneficio de la exoneración de recargos por mora, en estos videos le explicamos cuáles son, según la modalidad de pago que prefiera: pago al contado o mediante un reconocimiento de deuda.

Requisitos de pago al contado

Requisitos para reconocimiento de deuda

Requisitos para el reconocimiento de deuda.

Aquí le explicamos en 10 aspectos lo que estipula el acuerdo:

  1. Da la oportunidad de proteger a más de 157 mil trabajadores que actualmente están fuera de la cobertura de la Seguridad Social debido a los adeudos de sus patronos.
  2. Es una opción para todos los patronos, incluyendo los gobiernos locales o municipales, entidades descentralizadas no empresariales y el sector privado.
  3. 17 mil 855 patronos que tienen adeudos con el IGSS podrían beneficiarse.  
  4. El acuerdo no exonera del pago de las cuotas laborales y patronales, solo exonera los recargos por mora, costas procesales, interés legal, gastos administrativos e intereses resarcitorios.
  5. Tendrá una vigencia de 6 meses, a partir del 27 de marzo de 2022.
  6. Durante los primeros tres meses de vigencia los patronos podrán exonerarse del 100 por ciento de los recargos por mora (del 27 de marzo al 26 de junio de 2022).
  7. Durante el cuarto y quinto mes la exoneración será del 90 por ciento de los recargos (del 27 de junio al 26 de agosto de 2022).
  8. En el sexto y último mes de vigencia, la exoneración será del 80 por ciento (del 27 de agosto al 26 de septiembre de 2022).
  9. Da la posibilidad de pagar el adeudo al contado o suscribir un convenio de pago mediante un reconocimiento de deuda, con un plazo de hasta 60 meses.
  10. Los casos que mediante la vía judicial tengan sentencia firme no pueden acceder a este beneficio.

Lea también: Así anunció el IGSS el acuerdo de exoneración para los patronos con adeudos

La disposición de exonerar los recargos por mora tiene un beneficio directo a trabajadores que han quedado fuera de la cobertura del IGSS, por los adeudos de sus patronos. (Foto IGSS: Archivo)

Lo positivo

El acuerdo fue sometido a los análisis financieros que dieron su viabilidad y cuyo objetivo principal es beneficiar a la clase trabajadora, para que goce nuevamente de la cobertura de la Seguridad Social, lo que contempla el Programa de Maternidad, Enfermedad y Accidentes (EMA), por medio del cual se prestan los servicios médicos generales y de especialidades, se otorgan medicamentos, tratamientos y los pagos de subsidios en sustitución del salario a causa de una incapacidad que le obligue al afiliado al cese de labores de manera temporal.

Los patronos que regularicen su situación con el IGSS también permitirán que sus trabajadores vuelvan a incorporarse al sistema previsional, mediante el Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS), por el cual mantienen protección financiera con la oportunidad de gozar una pensión mensual al sufrir una discapacidad que le impida al afiliado seguir trabajando y ganar un salario, por la vejez o para la familia (esposa o hijos menores) que dependían económicamente de él, en caso de que el afiliado muera.

El Seguro Social sigue apoyando a los guatemaltecos en medio de la pandemia mundial del COVID-19, que hace necesaria y urgente la protección contra los riesgos sociales. Más de 157 mil  trabajadores que actualmente están sin cobertura del IGSS pueden volver a tener el derecho a la prestación de los servicios médicos y pagos económicos.

Además, el Instituto tiene proyecciones de inyectar solidez a sus finanzas y recuperar unos Q728.5 millones, en pro del sostenimiento de los programas EMA e IVS, como beneficio directo a los asegurados.

Especulaciones falsas sobre el acuerdo:

  • El acuerdo exonera a los patronos del pago de las contribuciones a la Seguridad Social: falso.
  • El acuerdo exonera el pago de las cuotas patronales de ahora en adelante: falso.  
  • El acuerdo exonera de responsabilidades a los patronos que se han apropiado de las cuotas de los trabajadores y no las trasladan al IGSS: falso.  
  • El acuerdo exonera al Estado de su deuda histórica con el IGSS: falso.
17 mil 855 patronos tienen la opción de devolver la cobertura de la Seguridad Social a sus trabajadores. (Foto IGSS: Archivo)

Difusión

El IGSS ha divulgado a través de sus medios institucionales y externos, toda la información relacionada con la exoneración de recargos por mora, para que todo patrono pueda beneficiarse de esta oportunidad.