Diario La Hora: ¿Cómo ser contribuyente voluntario del IGSS?

Aquí le decimos cuáles son los pasos a seguir

A través de este programa el Seguro Social compensa el daño económico resultante de la cesación temporal o definitiva de la actividad laboral del afiliado. FOTO LA HORA/CORTESÍA IGSS.

Por Margarita Girón

El programa de Invalidez Vejez y Sobrevivencia (IVS) del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, (IGSS) ofrece a sus derechohabientes la opción de ser contribuyente voluntario y con ello continuar sumando cuotas para el programa aunque no se encuentre laborando.

Claudia Sentes, jefa del Departamento de IVS explicó que el beneficio de ser contribuyente voluntario consiste en que si el afiliado deja de trabajar con un patrono inscrito en el Seguro Social puede continuar aportando mensualmente a dicho programa.

“Esta clasificación de contribuyente voluntario es cuando la persona viene con nosotros y califica al programa para seguir contando con cobertura para las pensiones de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia que cubre el programa”, indicó Sentes.

Asimismo, detalló que dentro de los requisitos para optar a este beneficio, el afiliado debe acreditar al menos 12 meses de contribución en los últimos 36 meses, es decir tres años. Sentes añadió que es importante destacar que esta solicitud debe presentarse antes de cumplirse 3 meses de la última aportación obligatoria.

La jefa del departamento de IVS detalló que actualmente el tiempo de resolución para optar a ser contribuyente voluntario es de 2 meses.

Sobre el monto que los contribuyentes voluntarios deben aportar al IGSS, Sentes detalla que la contribución voluntaria se calcula con base en el último salario devengado y sobre ese monto tiene se debe pagar el 5.5%, que incluye la cuota patronal y laboral.

“Esta cuota es únicamente para seguir sumando al programa de IVS, es importante destacar que el afiliado no cuenta con cobertura médica pues la contribución voluntaria es únicamente para sumar al IVS”, puntualizó Sentes.

Sentes aclaró que la única restricción que existe para la contribución voluntaria es que si la persona deja de aportar durante tres meses consecutivos, pierde automáticamente el derecho de ser contribuyente voluntario y para volver al programa debe reunir nuevamente los requisitos establecidos.

De acuerdo con Sentes, para hacer efectivos los pagos, los afiliados, deben acercarse al Centro de Atención al Afiliado (Catafi) en oficinas centrales del IGSS o bien en Cajas y Delegaciones en donde le extienden un recibo que debe presentar en un banco del sistema autorizado por el Instituto para realizar el pago.

Claudia Sentes, jefa del Departamento de IVS detalló que dentro de los requisitos para optar a este beneficio, el afiliado debe acreditar al menos 12 meses de contribución en los últimos 36 meses, es decir tres años. FOTO LA HORA/CORTESÍA IGSS.

SOBRE EL PROGRAMA DE IVS

Actualmente, el IGSS otorga protección económica a sus derechohabientes, relativa a invalidez, vejez, fallecimiento, orfandad o viudez. A través de esta pensión el Seguro Social compensa el daño económico resultante de la cesación temporal o definitiva de la actividad laboral del afiliado.

Durante su vida laboral, cada contribuyente afiliado al Instituto aporta un 4.83 por ciento al seguro social, mientras que el patrono debe aportar el equivalente al 10.67 por ciento del salario de cada trabajador. De estos porcentajes el asegurado aporta un 2 por ciento para gastos de enfermedad y maternidad, un 1 por ciento a accidentes y 1.83 por ciento para programas de invalidez, vejez y sobrevivencia.

REQUISITOS PARA OPTAR AL PROGRAMA IVS

Para obtener los beneficios del programa IVS, en el caso de pensión por invalidez, necesita que su invalidez sea declarada de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, así como tener acreditados 36 meses de contribución en los 6 años inmediatamente anteriores al primer día de invalidez.

En el caso de los trabajadores que pueden optar a una pensión del programa, por vejez, necesita tener acreditados como mínimo 240 meses de contribución y haber cumplido la edad mínima de 60 años.

Para el riesgo por sobrevivencia, es necesario que a la fecha del fallecimiento del asegurado tenga acreditados 36 meses de contribución en los 6 años inmediatamente anteriores. Cabe destacar que se otorgará pensión por fallecimiento del afiliado a los beneficiarios elegibles.

MÁS DETALLES

Si desea más información sobre este y otros beneficios puede visitar la página web www.igssgt.org, o bien puede acercarse al Centro de Atención al Afiliado, delegación o caja departamental más cercana o al teléfono (502) 2412-1224.

Fuente: Diario La Hora

Enlace en internet: https://lahora.gt/como-ser-contribuyente-voluntario-del-igss-aqui-le-decimos-cuales-son-los-pasos-a-seguir/