Que debido a la circulación de información inexacta propagada a través de las redes sociales, que ha desvirtuado los beneficios que brinda la disposición institucional contenida en el Acuerdo 1529, creado bajo los principios de solidaridad y universalidad de la Seguridad Social, el IGSS hace un llamado a toda la población a no dejarse sorprender por particulares u otros medios que carecen de la correcta argumentación relacionada con la normativa antes indicada, por lo que se hace saber lo siguiente:

1. La incorporación de los nuevos patronos y afiliados será de manera gradual y progresiva, en concordancia con el incremento de la capacidad instalada institucional, es decir, que la implementación de las inscripciones contempladas en dicho Acuerdo se realizará de forma ordenada a partir de seis meses luego de su entrada en vigencia, plazo que permitirá contar con la plataforma administrativa y tecnológica necesaria para captar a los nuevos patronos y afiliados.

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2. El Instituto trabaja en la reglamentación debida, la cual permitirá contar con un Plan de Trabajo para regionalizar de manera progresiva y por fases a los patronos y afiliados por área geográfica con lo cual se iniciará la incorporación de nuevas empresas y trabajadores al Seguro Social.

3. El Acuerdo aplica solamente a las empresas formalmente constituidas, es decir, aquellas que cuentan con patente de comercio vigente y se iniciará con el Sector Comercio, posteriormente se incorporarán otros sectores de la sociedad.

4. El beneficio de la ampliación de cobertura es para los trabajadores que están en empresas de un laborante en adelante, cónyuges de los patronos, representantes legales y socios que obran en planilla (por laborar dentro de la misma y gozar de un salario).

5. Las multas descritas en el Acuerdo, no se aplicarán retroactivamente sino hasta iniciar las fases de la incorporación de nuevas empresas, lo cual será dado a conocer ampliamente a través de nuestras redes sociales y medios institucionales.

6. Mientras no exista el Plan de Trabajo antes mencionado, no existirá obligatoriedad para la inscripción de afiliados.

7. El Instituto manifiesta y garantiza su solidez financiera, y, los informes actuariales dan cuenta que los programas de Enfermedad, Maternidad y Accidentes (EMA) e Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS) no tendrán impacto financiero negativo al desarrollar la ampliación de la cobertura gradual, geográfica y ordenada, con la que se harán las nuevas inscripciones.

El IGSS informará de manera oportuna la gradualidad con la que se iniciará este proceso de beneficio al sector patronal y por consiguiente a sus trabajadores. El Seguro Social protege a las empresas sobre los riesgos que pueden afectar a sus colaboradores y la salud financiera de la misma.

Guatemala, 3 de febrero de 2023