La Junta Directiva del Seguro Social, atendiendo al llamado del presidente Alejandro Giammattei, en acordó diferir las cuotas patronales durante los meses de marzo, abril y mayo. FOTO IGSS

Por Margarita Girón

Esta semana se publicó en el Diario Oficial el Acuerdo 1472 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), en el que se oficializa el pago diferido a la seguridad social por concepto de cuota patronal, para los meses de marzo, abril y mayo.

Según se detalla en el Acuerdo, la decisión de diferir los pagos fue considerada por la Junta Directiva del Seguro Social, atendiendo al llamado del presidente Alejandro Giammattei, en donde de forma excepcional y temporal se acordó diferir las cuotas patronales, como parte de las acciones de rescate económico y social por los efectos causados por el COVID-19 en Guatemala.

En esa línea, Juan Carlos Ramírez, director de la Dirección de Recaudación, explicó que derivado de la crisis económica que ha afectado al sector empresarial del país, se le hizo un llamado al Instituto para que se pudiese diferir de las cuotas patronales durante un periodo determinado, incluyendo las cuotas del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala (Irtra) e Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (Intecap).

“Se estudiaron los distintos escenarios para poder hacer el diferimiento de cuotas patronales de los meses de marzo, abril y mayo de 2020. Esto quiere decir que el sector patronal únicamente va a reportar y presentar el pago de la cuota laboral correspondiente a las planillas de seguridad social de los meses de marzo, abril y mayo”, explicó Ramírez.

Agregó que la cuota patronal que equivale al 10.67 por ciento, del salario reportado, no se pagará en los meses referidos. En ese sentido detalló que regularmente esta cuota se paga como fecha límite el 20 de cada mes.

OPCIONES DE PAGO PARA LAS CUOTAS DIFERIDAS

Sobre la forma de pago de las cuotas diferidas, Ramírez comentó que los patronos podrán continuar efectuando el pago regular de las cuotas en los plazos habituales, pero las empresas o sectores que sí han sido golpeados en sus finanzas, podrán diferir el pago.

Respecto a la opción para el diferimiento de las cuotas patronales, Ramírez detalló que los patronos podrán realizar los pagos de marzo, abril y mayo, en los meses de julio, agosto y septiembre de este año, respectivamente, o bien, quienes no se sujeten a los dos primeros casos, de manera automática se distribuirá el monto total diferido adeudado hasta en 18 cuotas mensuales a partir del mes de julio.

“Esto es para darle un auxilio y oxigenación a las finanzas de las empresas, para que puedan ellos contar con un tiempo prudente para hacer sus reconfiguraciones financieras y con ello, optar al beneficio que el instituto está brindando”, puntualizó el entrevistado.

Además, señaló que la opción de diferir el pago en 18 cuotas, está creada pensando en que los patronos en los meses de julio, agosto y septiembre deben pagar la cuota patronal pendiente y la planilla completa del mes de junio, julio y agosto, el día 20 de cada mes respectivamente.

“El Instituto es consciente que hay empresas que no pueden tener una recuperación completa o como ellos lo hayan estimado, tienen la opción de tomar las cuotas patronales de marzo, abril y mayo; acumularlas, totalizarlas y dividirlas en cuotas, hasta un máximo de 18”, enfatizó Ramírez.

Destacó que, en ninguna de las dos opciones de diferimiento se harán recargos por mora ni intereses. “Son como cuotas congeladas que están siendo canceladas en varios meses, pero sin ningún recargo”, afirmó el entrevistado.

Ramírez señaló que la falta de ingresos en el tiempo regular, significará un golpe para el Instituto, pero efectúa en aras de la solidaridad para con los empresarios, para que se conserven los empleos de los afiliados y para atender el llamado de las autoridades guatemaltecas, de buscar mecanismos de apoyo al sector económico.

Fuente: Diario La Hora

Enlace en internet: https://lahora.gt/igss-sobre-diferimiento-de-cuotas-se-busca-dar-auxilio-y-oxigenacion-a-las-finanzas-de-las-empresas/

Juan Carlos Ramírez, director de la Dirección de Recaudación, detalló que la opción de haber diferido únicamente las cuotas patronales, es para que los afiliados puedan seguir gozando de los servicios que el IGSS brinda a los, 1 millón 717 mil 920 afiliados.

UN LLAMADO A LA RESPONSABILIDAD

El director realizó un llamado a la reflexión del sector, tanto patronal como laboral, en el entendido de que todas las instituciones están realizando esfuerzos para contribuir a que el impacto económico por el tema de la pandemia del COVID-19 afecte lo menos posible.

“El llamado que se hace al sector patronal, es que se reporten efectivamente las cuotas de contribuciones laborales a la Seguridad Social, ya que esto permitirá que se sigan otorgando los derechos a los afiliados para poder acceder a los beneficios, tanto del sector salud como pecuniarios”, enfatizó.

Detalló que la opción de haber diferido únicamente las cuotas patronales, es para que los afiliados puedan seguir gozando de los servicios que el IGSS brinda a los, 1 millón 717 mil 920 afiliados.

“El llamado que se hace al sector patronal, es que se reporten efectivamente las cuotas de contribuciones laborales a la Seguridad Social, ya que esto permitirá que se sigan otorgando los derechos a los afiliados para poder acceder a los beneficios, tanto del sector salud como pecuniarios”, enfatizó.