Desde el 27 de marzo de este año entró en vigencia el Acuerdo 1504 de la Junta Directiva del IGSS mediante el cual se dio viabilidad a la exoneración del recargos por mora para el sector patronal.

Esta medida tuvo como fines primordiales beneficiar a unos 150 mil afiliados que estaban fuera de la cobertura del IGSS; además, facilitar a los patronos los mecanismos para regularizar su situación con el Instituto, y sumado a la dispensa de los recargos, se ofrece la viabilidad de suscribir reconocimientos de deuda con plazos de hasta 60 meses.

Al 26 de mayo, 6 mil 9 patronos han aprovechado la oportunidad que brinda el Acuerdo 1504 de Junta Directiva de “Exoneración de Recargos por Mora” y optaron por regularizar su situación con el Seguro Social. En pagos al contado se han recaudado Q57 millones 501 mil 345.20 y se suscribieron reconocimientos de deuda en plazos de hasta 60 meses, los cuales representan una promesa de pago de Q30 millones 239 mil 549.62, estos ya cancelaron las primeras cuotas al instituto que suman Q945 mil 088.90.

Los agentes del IGSS brindan soporte a los patronos sobre cómo realizar las gestiones en el portal de servicios electrónicos. (Foto IGSS: Rafael Rosales)

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La exoneración se estableció en tres fases, en la primera que finaliza el 26 de junio próximo, se abre la posibilidad de que los patronos se exoneren del 100 por ciento de los recargos en mención.

La segunda fase empieza a partir del 27 de junio hasta el 26 de agosto, cuando se mantiene la exoneración, pero en un porcentaje menor, esta será del 90 por ciento, es decir, los patronos solo deberán pagar el 10 por ciento de lo que adeudan en concepto de recargos por mora y el total de las cuotas atrasadas.

Los patronos deben cumplir con reunir todos los requisitos para que a la hora de firmar el convenio el procesos sea ágil y no le demore más de 20 minutos. (Foto IGSS: Rafael Rosales)

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La tercera y última fase únicamente tendrá una duración de un mes y estará vigente del 27 de agosto al 26 de septiembre, el porcentaje de exoneración sufrirá una nueva disminución, para posicionarse en 80 por ciento, es decir, los patronos deberán cancelar el total de las cuotas y el 20 por ciento de lo que adeude en concepto de recargos por mora.

Requisitos para pago al contado:

Requisitos para pago mediante reconocimiento de deuda: