Gozar de la cobertura de la Seguridad Social para una familia puede ser la diferencia entre la vida y la muerte; la pobreza y extrema pobreza; la tranquilidad y la angustia.

Aunque muchos desconocen los seguros facultativos, el IGSS ofrece esa opción para todo patrono que no está obligado por ley a inscribirse al Régimen de Seguridad Social, es decir, todos los que tienen entre uno o dos trabajadores (excepto los del sector transporte que con un trabajador están obligados a afiliarse).

En esta opción encajarían perfectamente los comercios que emplean a una o dos personas, como panaderías, cafeterías, herrerías, talleres mecánicos, tiendas de abarrotes, concesionarias de vehículos, etc.

“La modalidad de seguros facultativos la utilizamos para inscribir a todas aquellas empresas que cuentan con los servicios de uno o dos trabajadores, porque no están obligados a inscribirse, pero a través de los seguros facultativos se les da la oportunidad de inscribirse y reportar a uno o dos trabajadores”,



explicó la licenciada Eveline Soto, jefe del Departamento de Registro de Patronos y Trabajadores del IGSS.

Tanto los empleados como sus familias tendrían derecho a todos los servicios en salud y subsidios por suspensiones médicas que ofrece el Programa de Enfermedad, Maternidad y Accidentes (EMA), y las prestaciones económicas que el Instituto otorga a través del Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia. Los seguros facultativos se encuentran reconocidos dentro del Decreto 295, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, en su Artículo 72.

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Los seguros facultativos abren la oportunidad a los comercios a poder brindar la cobertura de la Seguridad Social a sus trabajadores. (Foto IGSS: Yenifer Tiño)

¿Cómo me inscribo por medio de seguro facultativo?

El empleador debe realizar una nota de solicitud dirigida al Lic. Edson Javier Rivera Méndez, gerente del IGSS, en ella debe manifestar su interés de unirse al Régimen de Seguridad Social y declarar que cuenta con uno o dos trabajadores dentro de su empresa.

Debe anexar copias de:

  • Patente de comercio
  • Documento Personal de Identificación
  • Registro Tributario Unificado (ratificado y actualizado)

Esto se presenta de manera física en la ventanilla del Registro de Patronos y Trabajadores en las Oficinas Centrales del IGSS, Cajas o Delegaciones Departamentales y después de ser revisado se da acompañamiento para que se entregue la documentación en la recepción de la Gerencia.

Una vez aceptada la solicitud, se procede administrativamente para inscribirlo, se le proporciona un registro patronal al empleador y este se debe encargar de realizar la inscripción de sus trabajadores, bajo la modalidad digital, la cual puede conocer haciendo clic aquí. Los trabajadores inscritos bajo esta modalidad gozan de todos los beneficios del IGSS y contribuyen bajo las mismas cantidades: el patrono aporta el 10.67 por ciento y el trabajador el 4.83 por ciento con base en el salario.

Licenciada Eveline Soto: la importancia de adherirse al Régimen de Seguridad radica en el Artículo 100 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el cual garantiza el derecho a la Seguridad Social a toda la población guatemalteca por medio del IGSS.

INFORMACIÓN ACTUALIZADA EN SEPTIEMBRE DE 2022